A- de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Clemencia Diaz Erazo Vs Casur
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Competencia de Tribunal Superior
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Tribunal Administrativo del Cauca y el Tribunal Superior de Popayán, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Luego de establecer la competencia de la Corporación para resolver conflictos de competencia, de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y de precisar las reglas para solucionar estos conflictos, la Corte decide el asunto ordenando la remisión del expediente al Tribunal Superior de Popayán, para que de forma inmediata continúe el trámite, en segunda instancia, de la acción de tutela deprecada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del quince (15) de octubre de dos mil catorce (2014), proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan, mediante el cual decreto la nulidad de todo lo actuado y se declaro incompetente para conocer de la accion de tutela presentada por Clemencia Diaz Erazo contra CASUR.
- Segundo. REMITIR el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan para que de forma inmediata continue el tramite, en segunda instancia, de la accion de tutela mencionada.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Tribunal Administrativo del Cauca la decision adoptada en esta providencia.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.