A- de 2010
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Armando Castro Mendoza
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación por analogía de reglas de procedimiento en casos de vacío u omisión
- Carácter autónomo y especial
- Procede únicamente recurso de súplica contra auto que rechaza demanda
- Carácter sui generis
- Recursos que proceden
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Reposición y declaratoria de nulidad oficiosa, contra el auto 347 del 2009 y el auto 003 de enero de 2010, proferidos por la Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante los cuales se declararon improcedentes, respectivamente, la solicitud de nulidad del trámite de referendo y la recusación formulada contra el magistrado Humberto Antonio Sierra Porto, en el marco del proceso de la referencia.
Luego de analizar detenidamente cada una de las solicitudes impetradas por el peticionario, la Sala las rechaza por improcedentes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedentes el recurso de reposicion y la "declaratoria oficiosa de nulidad" interpuestos por el ciudadano Armando Castro contra el auto 347 de dieciseis (16) de diciembre de 2009 y el auto 003 de catorce (14) de enero de 2010, mediante los cuales se declararon improcedentes, respectivamente, la solicitud de nulidad del "tramite del referendo" y la recusacion formulada contra el magistrado Humberto Antonio Sierra Porto, en el marco del proceso CRF-003.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.