Micelio
Auto16 de febrero de 2011

A- de 2011

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Sirvo Alfonso Cañosn Daza·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Prolonga efectos de la sentencia otorgando efectos inter comunis en virtud del principio de igualdad
  • Competencia excepcional para conocer trámite de cumplimiento fallo de tutela
  • Competencia se limita a la selección de casos para revisión
Cumplimiento Fallo De Tutela Contra Telecom O Tramite De Incidente De Desacato
  • Falta conocimiento previo de juez primera de instancia de solicitud de cumplimiento de sentencia SU389/05
Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia en caso de presentarse expedientes acumulados
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Obligación del juez constitucional
  • Competencia del juez de primera instancia
Proceso De Tutela
  • Tiene efectos en el caso concreto respecto de partes involucradas en el conflicto
Sala Especial De Seguimiento De La Corte Constitucional
  • Competencia para conocer solicitud de cumplimiento
Sentencia Con Efectos Inter Comunis
  • Ampara derechos de personas que sin hacer parte de los procesos de tutela se encuentran en igual situación que los accionantes
Solicitud Cumplimiento Fallo De Tutela Contra Telecom
  • Remisión a juez civil del circuito en sentencia SU389/05 por falta de competencia
Tramite De Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Solicitud simultánea o sucesiva por beneficiario
9 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se solicita la conformación de una Sala Especial de Seguimiento para que se de cumplimiento a la sentencia de la referencia, ya que los derechos fundamentales de las personas que hacen parte del reten social de TELECOM están siendo vulnerados.

La Corte constata que no existe evidencia sobre el conocimiento del asunto por parte del Juez de primera instancia, lo cual impide la configuración de las causales que permitan la asunción de su conocimiento por esta Corporación, dado que en el presente caso el solicitante no fue parte de las personas que interpusieron la acción pero los efectos de la misma recayeron sobre el, debe tramitar incidente de desacato ante el juez de primera instancia que conoció de la acción.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. NO ASUMIR por falta de competencia el conocimiento de la solicitud de cumplimiento de la sentencia SU- 389 de 2005 presentada por Siervo Alfonso Canon Daza. En razon a lo anterior, la solicitud acerca de la conformacion de una Sala Especial de Seguimiento por parte de esta Corporacion, sera rechazada.
  2. Segundo. REMITIR la solicitudes indicada en el numeral anterior al Juzgado Cuarenta y Tres Civil del Circuito de Bogota para que, en su calidad de juez de tutela de primera instancia, asuma el conocimiento de la solicitud de cumplimiento de la sentencia SU- 389 de 2005 presentada por Siervo Alfonso Canon Daza.
  3. Tercero. INFORMAR de esta actuacion al peticionario y al Juzgado Cuarenta y Tres Civil del Circuito de Bogota.
  4. Cuarto. ORDENAR al Juzgado Cuarenta y Tres Civil del Circuito de Bogota que una vez resuelva la solicitud de cumplimiento de la sentencia SU- 389 de 2005 presentada por Siervo Alfonso Canon Daza, envie a esta Corporacion copia de lo resuelto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.