A- de 1998
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Perez Diaz Fulgencio·Demandado Dasalud De Sucre
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Informalidad
- No requiere sustentación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se revocó la providencia expedida por el Juzgado de la referencia por medio de la cual declaró desierta la impugnación interpuesta por el apoderado de los demandantes, en contra de la sentencia pronunciada en primera instancia por el mismo Juzgado.
Toda vez que, la Corte ha reiterado que la impugnación del fallo de tutela no requiere sustentación de ninguna naturaleza, aparte de una expresión clara e inequívoca de desacuerdo o inconformidad con la decisión pronunciada en primera instancia.
En consecuencia, se ordenó devolver el expediente al citado Juzgado para que resuelva de fondo la impugnación.
Cumplida la orden anterior, el expediente regresará de nuevo a la Corporación para su eventual revisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la providencia expedida por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Sincelejo, el 10 de febrero de 1998, por medio de la cual declaró desierta la impugnación interpuesta por el apoderado de los demandantes, en contra de la sentencia pronunciada en primera instancia por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Sincelejo, el 7 de enero de 1998.
- Segundo. ORDENAR que, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, se devuelva el expediente de la referencia al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Sincelejo, para que resuelva de fondo la impugnación a que se hizo referencia en el punto anterior.
- Tercero. Cumplida la orden de la Sala, envíese el expediente nuevamente a esta Corporación para su eventual revisión.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.