A- de 1995
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Término del debate
- Vicio subsanable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se devolvió al Congreso de la República la Ley de la referencia para que dentro de los 30 días calendario del año en curso, se surta el segundo debate en la Cámara de Representantes.
Lo anterior, debido a que existió un vicio de procedimiento porque entre el primer debate y el segundo debate en la Plenaria de la Cámara no mediaron ocho días, según lo estatuido en el artículo 160 de la Constitución.
Se solicita al legislativo tramitar nuevamente el proyecto de Ley 178 del 22 de diciembre de 1994 cumpliendo con los requisitos constitucionales para los fines de su revisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEVUELVASE al Congreso de la Republica la Ley 178 del 22 de diciembre de 1994, "Por medio de la cual se aprueba el CONVENIO DE PARIS PARA LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL", hecho en Paris el 20 de marzo de 1883, con las respectivas revisiones posteriores, para que, dentro de los treinta (30) dias calendario contados a partir del 20 de julio del ano en curso, se surta el
- segundo. debate en la Camara de Representantes.
- Cumplido este paso, con arreglo a los requisitos constitucionales, el proyecto debera ser sancionado de nuevo por el Presidente de la Republica y remitido a esta Corte, dentro de los seis (6) dias siguientes, para los fines de su revision.
- Segundo. OFICIESE al Secretario General del Senado de la Republica, para que envie las Gacetas del Congreso correspondientes a las sesiones de los dias 30 de octubre y 8 de noviembre de 1994, en las que se considero y aprobo, segun certificacion del Presidente del Senado de la Republica, el acta de conciliacion respectiva.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.