Micelio
Auto27 de enero de 2016

A- de 2016

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Genoveva Fonseca Velandia·Demandado Fiscalia 17 Seccional De Orocue

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • No se puede alterar el conocimiento de la acción de tutela pues se afectaría la protección inmediata de los derechos fundamentales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre las Salas de Casación Penal y Civil de la Corte Suprema de Justicia, en torno al trámite de la segunda instancia de la acción de tutela de la referencia.

La Sala Plena precisa que en el presente caso no se configura ni siquiera un conflicto aparente de competencia.

Recuerda además, que la competencia no puede ser alterada ni en primera ni en segunda instancia porque se afecta gravemente la finalidad de la acción constitucional, que es la protección efectiva e inmediata de los derechos fundamentales.

Se decide el asunto ordenando la remisión del expediente a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento del proceso, dando tramite a la impugnación presentada por la accionante.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 6 de noviembre de 2015, por medio del cual la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema decidió proponer un conflicto negativo de competencia en la acción de tutela presentada por Genoveva Fonseca contra la Fiscalía Diecisiete Seccional de Orocué y los Juzgados
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Garantías y Promiscuo del Circuito de Paz de Ariporo.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia y dé trámite a la impugnación realizada por la accionante al fallo de primera instancia del veintitrés (23) de julio de 2015, proferido por la Sala única de decisión del Tribunal Superior de Yopal, pronunciándose de fondo sobre la totalidad de las pretensiones.
  4. TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.