A- de 2004
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Abel Antonio Jaramillo Y Otros Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se realizó la corrección del texto de la página 93 de la Sentencia T-025/04, y en consecuencia, suprimir el punto 7 del ordinal décimo primero de la parte resolutiva de la sentencia.
Así mismo, corregir el texto de la página 103 de la misma sentencia y en consecuencia suprimir la expresión “dos” contenida en la frase final del punto 35 del ordinal décimo noveno de la parte resolutiva de la sentencia, toda vez que existe un error que puede generar confusión.
Esta Corporación ha señalado que cuando en la transcripción del texto de una sentencia se producen errores, es aplicable el Art. 310 del CPC a fin de proceder a la corrección.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (13 puntos)
- Primero. CORREGIR el texto de la pagina 93 de la Sentencia T-025 de 2004, y en consecuencia, suprimir el punto 7 del ordinal
- decimo.
- primero. de la parte resolutiva de la sentencia que dice:
- 7. T-684470 -En relacion con el accionante Jorge Eliecer Betancourt Marquez y su nucleo familiar
- Segundo. CORREGIR el texto de la pagina 103 de la Sentencia T-025 de 2004, y en consecuencia suprimir la expresion "dos" contenida en la frase final del punto 35 del ordinal
- decimo.
- noveno. de la parte resolutiva de la sentencia. Por lo tanto, donde dice:
- 35. T-686154 - REVOCAR la sentencia del Juzgado 2o Civil del Circuito de Riohacha, de 17 de octubre de 2002 y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos de conformidad con lo establecido en el ordinal
- decimo. de la parte resolutiva de esta sentencia, respecto de los dos actores identificados plenamente en el proceso.
- Debe decir
- 35. T-686154 - REVOCAR la sentencia del Juzgado 2o Civil del Circuito de Riohacha, de 17 de octubre de 2002 y en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos de conformidad con lo establecido en el ordinal
- decimo. de la parte resolutiva de esta sentencia, respecto de los actores identificados plenamente en el proceso.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.