A- de 1995
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Norberto Sanchez Pabon Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia de devolución de demandas
- Procedimiento
- Resolución
- Aplicación en tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia era competente para decidir sobre el conflicto de competencia de orden territorial, surgido entre dos tribunales superiores del distrito judicial.
Por lo anterior, ordenó el envío del expediente a la mencionada sala para que defina el conflicto de competencia entre los éstos dos tribunales de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR que la Sala de Casacion Penal de la H. Corte Suprema de Justicia es competente para decidir sobre el conflicto de competencia de orden territorial, surgido entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, Sala Penal, y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota, Distrito Capital.
- SEGUNDO. REVOCAR la decision dictada por la H. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Penal, el nueve (9) de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
- TERCERO. ORDENAR el envio del expediente a la Sala de Casacion Penal de la H. Corte Suprema de Justicia, para que defina el conflicto de competencia entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, Sala Penal, y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota, Distrito Capital.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.