A- de 1994
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Tibamoso Maria Dolores
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Informalidad
- No requiere sustentación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ordenó remitir el expediente de tutela de la referencia al Juzgado Sexto Penal del Circuito de Tunja, para que resuelva la impugnación presentada por la actora y luego de resuelto el recurso devolverlo a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
La Corporación aclaró que en el presente caso no se surtió la segunda instancia solicitada por la demandante, por no existir sustentación del recurso, para lo cual, no es indispensable tal requisito, para que proceda la impugnación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Por la Secretaría General de la Corte, REMITASE el expediente de tutela número T-39.355 al Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Tunja, para que resuelva la impugnación presentada por la señora María Dolores Tibamoso.
- SEGUNDO. Resuelto el recurso, DEVUELVASE el presente expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, tal como lo ordenan los artículos 86 de la Constitución y 32, inciso segundo, del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.