A- de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Angel Ochoa Echeverria
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No atender petición de desacumulación no constituye nulidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la solicitud formulada por el accionante para que se declarara la nulidad de la Sentencia T-984/99, proferida por esta Corporación, y/o se modifique en lo que a él respecta como actor de la acción de tutela radicada y acumulada según la referencia.
La Corte explicó la petición de "desacumulación" que formuló el interesado, no es constitutiva de nulidad.
Contra la presente providencia no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- DENEGAR la solicitud formulada por el senor Luis Angel Ocha Echeverria, para que se declare la nulidad de la sentencia T-984 de 9 de diciembre de 1999, proferida por la Sala Primera de Revision de esta Corporacion, y/o se modifique en lo que a el respecta como actor de la accion de tutela radicada bajo el numero T-236902, acumulada a la T-230933.
- Contra la presente providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.