A- de 1998
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Rendon Casta-O Edilma Del Socorro·Demandado Cajanal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Iniciación de la acción y fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se exhortó no acumular el presente proceso del expediente de la referencia, por lo cual se tramitará y emitirá decisión independiente debido a la omisión de la notificación al demandado, configurándose una vulneración del debido proceso y el derecho de defensa.
Por lo anterior, la Corte se abstuvo de efectuar la revisión definitiva del fallo proferido por el Juzgado competente, por cuanto se advierte la existencia de una causal de nulidad de lo actuado.
En consecuencia, se devolvió al Juzgado el expediente para poner en conocimiento al demandado y surtir el proceso correspondiente.
Se advirtió que una vez emitida la decisión respectiva, la Corte Constitucional realiza la eventual revisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DESACUMULAR el presente proceso del expediente T-144.670, por lo cual se tramitará y emitirá decisión independiente.
- Segundo. ABSTENERSE de efectuar la revisión definitiva del fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Apartadó, en el asunto de la referencia, por cuanto se advierte la existencia de una causal de nulidad de lo actuado. En consecuencia, se ordena poner en conocimiento de la Caja Nacional de Previsión, la existencia de la causal para que dentro de los tres días siguientes indique si no allana, en cuyo caso se decreta la nulidad por el juez de tutela, y si guarda silencio o la allana no se decretará dicha nulidad.
- Tercero. Por Secretaría General procédase a devolver el expediente al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Apartadó y adviértase que una vez emitida la decisión respectiva, envíe el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.