Micelio
Auto24 de enero de 2007

A- de 2007

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Osvaldo Downs Mitchell Vs. Departamento Archipielago De San Andres, Providencia Y Santa Catalina

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Primero Civil Del Circuito De San Andres Providencia Y Santa Catalina Islas Y El Tribunal Contencioso Administrativo De San Andres Providencia Y Santa Catalina. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Primero Civil Del Circuito De San Andres Providencia Y Santa Catalina Islas
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra El Departamento De San Andres
  • Competencia de Juez Civil del Circuito
  • Competencia por factor territorial del juez de primera instancia ubicado en el lugar donde ocurrió la amenaza o vulneración de derechos fundamentales
Acción De Tutela
  • Corte Constitucional no puede ser permisiva con la dilación de términos ni la renuencia de las autoridades
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
  • No se altera la competencia cuando se vincula entidad de cualquier orden no demandada inicialmente
  • Vinculación de entidad pública del orden departamental
  • Restablecimiento de derechos fundamentales y competencia a prevención
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Principios básicos para su resolución
  • Superior jerárquico común
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
  • Competencia a prevención y libertad para escoger la especialidad del juez competente
  • Principios básicos para la protección de derechos fundamentales
Conflicto Negativo De Competencia
  • Aplicación Decreto 1382 de 2000
Conflicto De Competencia Aparente
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Accion De Tutela Contra Autoridad Publica Del Orden Departamental
  • Conocimiento por jueces de circuito o con categoría de tales en primera instancia
Accion De Tutela Contra Autoridad Publica Del Orden Nacional
  • Competencia del Tribunal Superior, Administrativo y Consejo Seccional de la Judicatura
Competencia A Prevención En Tutela
  • Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • No se puede alterar el conocimiento de la acción de tutela pues se afectaría la protección inmediata de los derechos fundamentales
  • No se puede trasladar conocimiento de tutela en razón del cambio de naturaleza de entidades demandadas por afectar derechos fundamentales
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
11 temas · 21 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Por Secretaria General REMITASE el expediente contentivo de la accion de tutela propuesta por el ciudadano Osvaldo Downs Mitchell contra el Departamento Archipielago de San Andres, Providencia y Santa Catalina, al Juzgado
  2. Primero. (1deg) Civil del Circuito de San Andres Providencia y Santa Catalina Islas, para que asuma en forma inmediata el conocimiento del referido amparo constitucional, y en consecuencia adelante la correspondiente actuacion judicial sin mas dilaciones.
  3. Segundo. Por Secretaria General COMUNIQUESE al Tribunal Contencioso Administrativo de San Andres, Providencia y Santa Catalina, la decision adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional en relacion con el conflicto de competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.