Circular 201-000004 de 2017
Circular 201-000004 Del 10 De Noviembre De 2017
Circular 201-000004 del 10 de noviembre de 2017
Texto del documento
®
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
II 1 liI 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
contestar cite:
2017-01-572758
Fecha: 1011112017 16:31:51
TIpó Interna
Trámite: 1013- ACTO ADMINISTRATIVO EXTERNO
Exp. 36241
Sociedad: 899999086- SUPERINTENDENCIA DE 5...
Remitente: 201-GRUPO DE INFORMES EMPRESARIALES
Destino: 2001 - ARCHIVO DELEGATURA DE ASUNTOS ECONOMICOS...
Anexos: NO
Folios: lO
Consecuilvo: 201-000004
[Tipo Documental: CIRCULAR EXTERNA
Ø
SUPERINTENDENCIA
DESOCIÉDADES
CIRCULAR EXTERNA
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Se ñ ores
Representantes legales
Contadores
Revisores fiscales
Sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas
unipersonales
Referencia:
Solicitud de estados financieros año 2017
Normas Internacionales de Información Financiera
Esta Superinteñdencia, con base en las atribuciones de inspección, vigilancia y
control otorgadas por la ley, está facultada para solicitar, confirmar y analizar
información sobre la situación jurídica, contable, económica o administrativa de las
sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas
unipersonales (conjuntamente denominadas en esta circular 'Entidades
Empresariales"), en la forma, detalle y términos que considere procedentes, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995,
los numerales 2 y 3 de¡ articulo 70 de¡ Decreto 1023 de¡ 18 de mayo de 2012, el
Decreto 1074 de¡ 26 de mayo de 2015 y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009.
En consecuencia, a través de esto acto administrativo se establecen los plazos y
requisitos mínimos para la presentación de estados financieros a 31 de diciembre
de cada ejercicio, junto con los documentos adicionales, requeridos a las
Entidades Empresariales en virtud de las disposiciones arriba señaladas.
1. Estados financieros a 31 de diciembre de 2017 y documentos adicionales
Los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2017, junto con los
documentos adicionales requeridos, deberán ser presentados a través de¡ Sistema
Integrado de Reportes Financieros —SIRFIN. Para el efecto, las Entidades
Empresariales deberán seleccionar alguna de las siguientes opciones, según
corresponda:
Informe 01 - Estados Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2017 -10 NIIF
Plenas Individual
Informe 01 - Estados Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2017 - 20 NIIF
Plenas Separado
Informe 01 - Estados Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2017 -40 - NIIF
Pymes Individual
Informe 01 - Estados Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2017 - 50 - NIIF
Pymes Separado
La información financiera deberá diligenciarse en miles de pesos.
I-IIIICOMERCIO
INDUSTRIAYTURIS¡TODOSPORILIN
NUEVOPAÍS
12'
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un País sin
corrupción.
lo
SUflRINTENDEHCIA
GE SOCIÉDACES
2/10
CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estados financieros aflo 20/7
1.1.Obligatoriedad del diligenciamiento y presentación de la información
financiera
Por mandato de¡ artículo 289 de¡ Código de Comercio, las Entidades
Empresariales sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de
Sociedades, están obligadas a reportar los estados financieros de fin de ejercicio,
en este caso con corte a 31 de diciembre de 2017, certificados y dictaminados,
con el alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, sin
necesidad de orden expresa de carácter particular y concreto emitida por esta
entidad.
Así mismo, están obligadas a remitir la misma información las Entidades
Empresariales sometidas a inspección de esta Superintendencia, a las cuales les
sea impartida la orden respectiva, mediante acto administrativo concreto dirigido a
la dirección de notificación judicial inscrita en el registro mercantil. Todo lo anterior,
en ejercicio de la atribución contenida en el articulo 83 de la Ley 222 de 1995.
Se exceptúan de lo anterior, aquellas Entidades Empresariales sometidas a
inspección que estén en proceso de liquidación voluntaria, las cuales deberán
manifestar tal situación mediante correo electrónico dirigido a la dirección
webmaster(supersociedades.Qov.co, en el "asunto" de¡ correo electrónico deberá
indicarse lo siguiente: "Grupo de Informes Empresariales: Informe 01-Estados
Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2017— Sociedad en liquidación voluntaria".
Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia permanente por parte de la
Superintendéncia, que a 31 de diciembre de 2017, estén en liquidación voluntaria,
deberán remitir la información financiera en el Informe 16 - Estado de Liquidación
Voluntaria, a través de la herramienta Storm, conforme lo dispone esta circular
externa.
1.2. Plazos para el envío de los estados financieros a 31 de diciembre de 2017,
separados e individuales, para NIIF Plenas o Pymes.
Los estados financieros separados e individuales con corte a 31 de diciembre de
2017, certificados y dictaminados, deberán ser entregados en el año 2018, dentro
de las fechas señaladas a continuación (Tabla No.1), de acuerdo con los dos
últimos dígitos de¡ NIT de la entidad empresarial, sin incluir el de verificación (DV):
Tabla No. 1
Proaramación de Envío de Información Financiera
Envío de información
Últimos dos
Envío de información
Últimos dos
2018
dígitos de¡ NIT
2018
dígitos de¡ NIT
50-46
Martes 17 de abril
00- 96
Martes 03 de abril
45-41
Miércoles 18 de abril
95- 91
Miércoles 04 de abril
Jueves 05 de abril
40 - 36
Jueves 19 de abril
90- 86
Viernes 20 de abril
85 - 81
Viernes 06 de abril
35 - 31
Lunes 23 de abril
80- 76
Lunes 09 de abril
30 - 26
25-21
Martes
24 de abril
75-71
Martes 10 de abril
Miércoles 25 de abril
20- 16
70-66
Miércoles 11 de abril
15-11
Jueves 26 de abril
65-61
Jueves 12 de abril
10-06
Viernes 27 de abril
60-56
Viernes 13 de abril
Lunes 30 de abril
Lunes 16 de abril
05-01
55 - 51
MII'JCOMERCIO
INDUSTRIAYTURISF.10
TODOSPORUN
NUEVOPAIS
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un Pais sin
corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades
Públicas, ITEP.
lo
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estados financieros año 2017
SUPEJUNTENDENCIA
CE SOCtDAOES
Las Entidades Empresariales que tengan más de un cierre contable en el año,
deberán diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma
independiente y presentarla en las fechas señaladas anteriormente, previa
solicitud de autorización de envio, dirigida al Grupo de Informes Empresariales al
correo electrónico efinancierossupersociedades.gov.co.
Los estados financieros de fin de ejercicio se deberán aportar certificados y
dictaminados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de
1995.
1.3. Documentos adicionales
Los estados financieros de fin de ejercicio se entenderán recibidos únicamente
cuando también se hubieren presentado los documentos adicionales relacionados
a continuación, los cuales deberán ser allegados dentro de los dos (2) días hábiles
siguientes a la fecha otorgada como plazo para el envio de la información
financiera según su número de NIT.
En el evento que los documentos adicionales no fueren aportados en el plazo
establecido, los estados financieros se entenderán recibidos de manera
extemporánea, circunstancia que podrá dar lugar a las sanciones pertinentes.
Los documentos adicionales deberán enviarse escaneados del original en formato
.pdf, a través de la sección "Presentación Informes Empresariales", sub-sección
"Envío de documentos adicionales" del portal web de la Superintendencia de
Sociedades: www.supersociedades.gov.co, una vez se cuente con el número de
radicación que suministra el sistema, luego de enviar el archivo con extensión
.XBRL.
Cada documento deberá ser un archivo con extensión .pdf, al cual debe
asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe
exceder de 2 MB.
Una vez enviados los documentos en forma correcta, el sistema creará un número
de radicado a cada archivo remitido. Sólo cuando se genere dicho número, se
entenderá cumplido el requisito de presentación de información financiera en
forma completa. Para todos los efectos, el número de radicación será la única
prueba de cumplimiento de la orden impartida.
1.3.1. Las Entidades Empresariales vigiladas y controladas deberán
presentar los siguientes documentos adicionales:
a. El documento mediante el cual el representante legal y el contador
certifican que los estados financieros remitidos a la entidad cumplen lo
dispuesto en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995. Éste deberá ser suscrito
adicionalmente por el revisor fiscal que los dictamina en cumplimiento del
artículo 38 ibídem.
La certificación deberá contener el número del documento de identidad, así
como las firmas del representante legal, contador y revisor fiscal, si lo
hubiere y la indicación del número de tarjeta profesional en el caso de los
contadores..
MINCOMERCÍD
FNDUSTRIÁYT LIRÍEMO
TODOSPORUN
rftJEvopAis
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un País sin
corrupción.
Entidad No. 1 en el Indrce de Transparencia de las Entidades
Públicas, ITEP.
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i
N
o
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estodosfinancieros año 2017
SUPERINTENDENCIA
DE SOCIEDADES
El informe de gestión que los administradores deben presentar a la
asamblea o junta de socios para su aprobación o improbación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 222 de 1995, el cual además debe
contener el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad
intelectual y derechos de autor por parte de la entidad empresarial. Esta
obligación no aplica para las sucursales de sociedades extranjeras.
El dictamen de¡ revisor fiscal.
Las notas explicativas de los estados financieros cuyo texto forma parte
integral de los mismos, que contengan información adicional a la
presentada en los estados de situación financiera, de¡ resultado integral de¡
ejercicio y componentes de¡ otro resultado integral (ORI), de cambios en el
patrimonio y de flujos de efectivo, escaneadas de¡ original en formato .pdf.
1.3.2. Las Entidades Empresariales inspeccionadas deberán presentar los
siguientes documentos adicionales:
El documento mediante el cual el representante legal y contador certifican
que los estados financieros remitidos a la entidad cumplen lo dispuesto en
el artículo 37 de la Ley 222 de 1995. Este deberá ser suscrito
adicionalmente por el revisor fiscal que los dictamina en cumplimiento de¡
artículo 38 ibídem.
La certificación deberá contener el número de¡ documento de identidad, así
como las firmas de¡ representante legal, contador y revisor fiscal, si lo
hubiere y la indicación de¡ número de tarjeta profesional en el caso de los
contadores.
Las notas explicativas de los estados financieros cuyo texto forma parte
integral de los mismos, que contengan información adicional a la
presentada en los estados de situación financiera, de¡ resultado integral de¡
ejercicio y componentes de¡ otro resultado integral (ORI), de cambios en el
patrimonio y de flujos de efectivo, escaneadas de¡ original en formato .pdf.
El informe de gestión y el dictamen de] revisor fiscal, si lo hubiere, podrán ser
solicitados por la Superintendencia en cualquier momento.
2. Presentación y plazos para el envío de¡ informe de prácticas empresariales.
El Informe 42 relativo a prácticas empresariales correspondiente al año 2017,
deberá ser remitido en las fechas de¡ 2018 señaladas a continuación (Tabla No.
2), de acuerdo con los dos últimos dígitos de¡ NIT de la sociedad (sin incluir el de
verificación DV):
Este Informe no requiere la presentación ni remisión de documentos adicionales
de soporte.
c ÍIINCOMERCtO
& ÑDUSTrnÁ YTuRISMO
¿",
TODOSPORUN
NUEVOPAÍS
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un País sin
corrupción.
2 IX11
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades
Públicas. ITEP.
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CIRCULAR EXTERNA
SUPE RINTEHOCNCI A
CE SOCIEØACES
Solicitud estados financieros año 2017
Tabla No. 2
Proaramación de Envío de Informe 42 - Prácticas Emnresariales
Últimos
Úllimos dos
Envío de información
Envio de información
dos dígitos
d ígitos de¡
2018
2018
de¡ NIT
NIT
00-91
Lunes7demayo
50-41
Martes lsdemayo
Miércoles 16 de mayo
90 - 81
Martes 8 de mayo
40- 31
80- 71- Miércoles 9 de mayo
30-21
Jueves 17 de mayo
70-61
Jueves lodemayo
20-11
Viernes l8demayo
60-51
Viernes 11 de mayo
10-01
Lunes 21 de mayo
Las sociedades que tengan más de un cierre contable en el año deberán
presentar la información de prácticas empresariales respecto de lo ocurrido
durante todo el año 2017 en un solo informe.
El "Informe 42 - prácticas empresariales", debe presentarse únicamente a través
de nuestro portal www.superociedades.gov.co, accediendo a la sección
"Presentación Informes Empresariales", botón "Aplicativos Web".
Una vez el informe se encuentre completamente diligenciado, se generará un
documento en PDF con la información registrada, la fecha, hora y el número de
radicado. Sólo cuando se genere dicho número, se entenderá cumplido el requisito
en forma completa. Para todos los efectos, el número de radicación será la única
prueba de cumplimiento de la orden impartida.
3. Presentación de estados financieros consolidados y documentos adicionales
Las Entidades Empresariales que sean matrices o controlantes y que estén
obligadas a reportar información fiñanciera de fin de ejercicio en los términos de¡
numeral primero anterior, deberán presentar, además de los estados financieros
separados, los estados financieros consolidados a más tardar el 18 de mayo de
2018.
Para este efecto, deberán diligenciar el Informe 01-estados financieros de fin de
ejercicio- Corte 2017 - 30 NIIF Plenas o 60 NIIF Pymes - Consolidados, mediante
la herramienta XBRL Express, o cualquiera otra que soporte el lenguaje estándar
XBRL. Las cifras deberán diligenciarse en miles de pesos y presentarse por el
Sistema Integrado de Reportes Financieros - SIRFIN.
Las Entidades Empresariales obligadas a presentar estados financieros
combinados deberán reportar dicha información a través de¡ Informe 01-estados
financieros de fin de ejercicio- Corte 2017 - 30 NIIF Plenas o 60 NIIF Pymes Consolidados, a más tardar el 18 de mayo de 2018.
Junto con los estados financieros consolidados deberán presentarse los
documentos adicionales relacionados a continuación, dentro de los dos (2) días
hábiles siguientes a la fecha establecida para el envío de la información financiera
consolidada:
Certificación de los estados financieros consolidados, suscrita por el
representante legal, contador y revisor fiscal de quien consolida.
Notas a los estados financieros consolidados.
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MINCOt4ERCIO
Y
) INDUSTRIÁVTtJRISMO
-
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NUEVO PAÍS
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trabajamos con integridad por un País sin
corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades
Públicas, ITEP.
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SUPCRINTtMDCNCÍA
b5 SOC,DAOES
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estados financieros cAo 2017
Informe especial de¡ artículo 29 de la Ley 222 de 1995.
Dictamen de¡ revisor fiscal.
Los documentos adicionales deberán enviarse escaneados de¡ original en formato
.pdf, a través de la sección "Envío de documentos adicionales" de¡ portal web de la
Superintendencia de Sociedades: www.supersociedades.pov.co Para el efecto,
debe contarse con el número de radicación que suministra el sistema, luego de
enviar el archivo con extensión .XBRL.
Cada documento deberá ser un archivo con extensión .pdf, al cual deberá
asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe
exceder de 2 MB.
Una vez enviados en forma correcta, el sistema creará un número de radicado a
cada archivo remitido. Sólo cuando se genere dicho número, se entenderá
cumplido el requisito de presentación de información financiera en forma completa.
Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de
cumplimiento de la orden impartida.
Los estados financieros consolidados sólo se entenderán recibidos oportunamente
en la medida en que también se hubieren presentado los documentos adicionales
que los complementan. En el evento de no ser aportados en el plazo establecido,
se entenderán presentados de manera extemporánea, circunstancia que podrá dar
lugar a las sanciones pertinentes.
4. Información financiera de fin de ejercicio para Entidades Empresariales en
acuerdos de recuperación.
Las Entidades Empresariales que estén en proceso de negociación o de ejecución
de un acuerdo de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999, cuyo
promotor sea nominado por la Superintendencia de Sociedades o una cualquiera
de las Cámaras de Comercio de¡ país y, las Entidades Empresariales que fueren
admitidas a un proceso de reorganización de acuerdo con la Ley 1116 de 2006,
sea que el mismo se encuentre en trámite o en ejecución, deberán reportar los
estados financieros de fin de ejercicio, correspondientes al período de¡ 10 de enero
al 31 de diciembre de 2017, certificados y dictaminados, con el alcance previsto en
los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995.
Los estados financieros deberán ser presentados en el año 2018, dentro de las
fechas señaladas en la Tabla No.1 anterior, de acuerdo con los dos últimos dígitos
de¡ NIT de la Entidad Empresarial, sin incluir el de verificación (DV).
Para tales efectos, se deberá utilizar el "Informe 01 - Estados Financieros de Fin
de Ejercicio- Corte 2017 -10 NIIF Plenas Individual" en caso de que los estados
financieros sean individuales, o el "Informe 01 - Estados Financieros de Fin de
Ejercicio- Corte 2017 - 20 NIIF Plenas Separado", en caso de que sean
separados.
Así mismo, se deberán presentar, junto con los estados financieros de fin de
ejercicio, los documentos adicionales de que tratan las Circulares Externas
número 100-000004 y 100-000005 de¡ 8 de agosto de 2016, según corresponda.
HINCOHERCÍO
! ÍNDUSTRIAYTURISM0
r
TODOSPORUN
QNUEVOPAÍS
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un País sin
corrupción.
Entidad No. 1 en el Índice de Transparencia de las Entidades
Püblicas, ITEP.
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estados financieros año 2017
SUPERIOENDENCIA
DE SOCISDAOES
Adicionalmente, estas entidades empresariales deberán reportar la información
específica sobre el proceso que adelantan, de acuerdo con lo requerido en el
"Informe 03A - 20 Información Anual de Acuerdos de Recuperación", a través de¡
Sistema Integrado de Reportes Financieros —SIRFINJ.
Debe advertirse que la información financiera de fin de ejercicio requerida por esta
Circular, no sustituye ni excluye la obligación de reportar la información financiera
periódica de conformidad con lo previsto en las Circulares Externas número 100000004 y 100-000005 de¡ 8 de agosto de 2016 mencionadas.
Presentación de estados financieros de las sociedades en proceso de
liquidación voluntaria a 31 de diciembre de 2017.
Las Entidades Empresariales vigiladas o controladas que estén en proceso de
liquidación voluntaria a 31 de diciembre de 2017, deberán enviar los estados
financieros de fin de ejercicio en el Informe 16 (Estado de liquidación voluntaria)
de¡ aplicativo STORM, a más tardar el 30 de mayo de 2018. Los mencionados
estados financieros deberán acompañarse de las notas a los estados financieros y
de la certificación firmada por el liquidador, el contador y el revisor fiscal, si lo
hubiere.
Las instrucciones para la instalación y uso de la aplicación, aparecen en el portal
www.supersociedades.gov.co en la sección - Presentación de Informes
Empresariales - STORM.
Una vez cumplido el procedimiento de instalación para el uso de¡ aplicativo
STORM, se generará un archivo de extensión .str que deberá adjuntarse y
enviarse como se indica en la misma sección del portal.
Tan pronto como se envíe el archivo de extensión .str a través de¡ portal web, el
sistema suministrará un número de radicación que servirá para el envío de los
documentos adicionales. Para todos los efectos, el número de radicación será la
única prueba de cumplimiento de la orden impartida.
Una vez se cuente con este número de radicación, deberán cargarse los
mencionados documentos adicionales, escaneados de¡ original en formato .pdf, a
través de la sección "Envío de documentos adicionales" de¡ portal
www.supersociedades.gov.co.
A cada archivo con extensión .pdf, le deben asignar un nombre, para lo cual se
debe emplear una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe exceder de
2MB.
Debido proceso especial
Los plazos señalados para el envío de la información son improrrogables.
La Superintendencia de Sociedades solicita los estados financieros de fin de
ejercicio, certificados y dictaminados (si hubiere revisor fiscal), con sus
documentos adicionales, en los plazos ya señalados.
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Circular podrá dar lugar, previa
formulación de pliego de cargos y luego de concederse la oportunidad para el
MINCOMERCID
S INDtJSTRFÁVTURISMO
TODOSPORUN
NUEVOPAIS
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un Pais sin
corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades
Públicas, ITEP.
S.S 1
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estados financieros afio 2017
SUPERINTSNDCN CIA
bÉ SOCIÉOAOÉS
ejercicio del derecho de defensa, a las sanciones previstas en el numeral 3 del
artículo 86 de la Ley 222 de 1995, independientemente de la calidad de
inspeccionada, vigilada o controlada de la entidad empresarial.
7. Registro y presentación de información en SIRFIN
En la sección "Presentación Informes Empresariales" del portal
www.supersociedades.gov.co, los usuarios podrán encontrar la información
necesaria para la presentación de los informes en XBRL y, en particular, sobre la
forma en que han de cumplirse los siguientes trámites:
Efectuar el registro de las entidades empresariales.
Crear, cambiar o generar una nueva contraseña.
Descargar el software y los manuales de diligenciamiento.
Enviar los archivos con extensión .XBRL.
Enviar los documentos adicionales escaneados en archivo pdf.
Consultar el estado del envío.
Descargar archivos de años anteriores.
Consultar respuestas a posibles errores de envío.
Participar en capacitaciones virtuales.
La presentación de los estados financieros de fin de ejercicio y de los documentos
adicionales, deberá efectuarse mediante la sección "Presentación Informes
Empresariales" del portal www.supersociedades.gov.co.
Tan pronto como se envíe el archivo con extensión .XBRL a través del portal web,
el sistema le suministrará un número de radicación. Con este número deberán
cargarse los archivos en formato .pdf de los documentos adicionales, a través de
la subsección "Envío de documentos adicionales" del referido portal. Para todos
los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la
orden impartida.
Publicación
Los estados financieros de fin de ejercicio de 2017, estarán a disposición del
público en el Portal de Información Empresarial - PIE de la Superintendencia de
Sociedades, tal y como fueron reportados por las Entidades Empresariales a partir
del 15 de mayo de 2018.
Propiedad Intelectual de la información publicada en el Portal de Información
Empresarial - PIE
La Superintendencia de Sociedades es la titular de los derechos de propiedad
intelectual sobre los datos y la información publicados en el Portal de Información
Empresarial - PIE. La información del PIE se considera de acceso público y los
terceros podrán utilizarla y transformarla sin restricciones de ninguna naturaleza.
No obstante, cuando se usen o transformen los datos publicados en el Portal de
Información Empresarial - PIE, deberá citarse a la Superintendencia de
Sociedades como fuente de dicha información. Para ello, se deberá hacer cuando
menos, la siguiente cita textual: "Fuente: Portal de Información Empresarial de la
Superintendencia de Sociedades - PIE, www.supersociedades.gov.co)".
n IIINCOMERCIO
!' dDUSTIÁYTURISMO
TODOSPORUN
NLJEVOPAiS
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un País sin
corrupción,
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades
Públicas. ITEP.
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CIRCULAR EXTERNA
Sol icitud estados financieros año 2017
SUPERIPJTtNDENCIA
DE SOCIEDADES
10. Generalidades
10.1.
Sobre el programa XBRL Express
Una vez instalado el programa XBRL Express, el usuario encontrará los informes
requeridos por la Superintendencia de Sociedades en lenguaje XBRL. Para
diligenciar varios informes, basta con una sola instalación del sistema.
Las licencias del sistema están disponibles sólo para las entidades empresariales
objeto de este requerimiento; si la entidad empresarial ya cuenta con el referido
sistema, no será necesario descargarlo o instalarlo nuevamente.
El sistema sólo recibe archivos con extensión .XBRL. Estos archivos generados
mediante XBRL Express, se almacenan por defecto en la carpeta: Mis
Documentos \ Mis archivos XBRL
No podrán hacerse modificaciones al programa obtenido vía internet o por
cualquier medio, ni podrá alterarse su estructura o forma de diligenciamiento, so
pena de las sanciones a que haya lugar.
Para prestar un mejor servicio a los usuarios, la Superintendencia de Sociedades
ofrece capacitaciones virtuales y cartillas sobre la descarga, instalación,
diligenciamiento y envío de la información, en las que se explican paso por paso
cada procedimiento.
Las entidades empresariales objeto de este requerimiento ya cuentan con la
autorización previa para el envío del archivo XBRL. En el evento de presentar
inconvenientes con la autorización, se deberá enviar un correo a
efinancierossupersociedades.gov.co en el que se informe la situación, para lo
cual se deberá suministrar el NIT, el nombre de la sociedad y el tipo de informe
que desea transmitir.
10.2.
Sobre el reporte de información
La Superintendencia solicita estados financieros certificados y dictaminados con el
alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995. Por este motivo,
en ningún caso admite estados financieros de prueba, preliminares o en proceso
de auditoría.
Los documentos solicitados en la presente Circular se entenderán válidamente
presentados por medio electrónico, en archivos en formato .pdf, en los términos
del artículo 50 de la Ley 527 de 1999, según el cual, no se negarán efectos
jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón
de que esté en forma de mensaje de datos.
En relación con el envío de la información por vía electrónica, es pertinente
advertir que, conforme al artículo 289 del Código Penal, quien falsifique
documento privado que puedan servir de prueba, incurrirá si los usa, en prisión de
uno (1) a seis (6) años.
La atención al público para la radicación de documentos y consultas sobre el
diligenciamiento de los formularios, se cumplirá de lunes a viernes en jornada
continua, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
MINCOMERCIO
J INDUSTRIÁYTURISMO
ToDospoauN
NUEVOPAÍS
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un País sin
corrupción.
Entidad No. 1 en el Índice de Transparencia de las Entidades
Públicas, ITEP.
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CIRCULAR EXTERNA
SUPCRtHTENDCNCIA
DC SOCÍEDADeS
Sol icitud esiadosfinancieros año 2017
Los medios electrónicos estarán disponibles 24 horas al día en el portal
www.supersociedades.gov.co.
Los siguientes mecanismos adicionales de soporte estarán también disponibles
para todas las entidades empresariales en horario hábil:
Correo electrónico: efinancieros(supersociedades.gov.co
Chat en la página web de la Superintendencia de Sociedades
www.supersociedades.gov.co (de lunes a viernes, en el horario de 9:00
am. a 11:00 a.m., a partir de¡ 2 de abril de 2018)
Atención telefónica en los siguientes números:
Bogotá: 3245777- 2201000 Ext 7177
Barranquilla: 3858069 —3858094 -3858076 y 3858173
Bucaramanga: 6381544 — 6781541 -6781533
Cartagena: 6646051- 6642429 -6646052
Cali: 6880404
Medellín: 3506000— 3506001 3506002 3506003
Manizales: 8847393 — 8847810 - 8847987
-
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PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
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Francisco Rey1 $
Superintendene
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NIT.
Cód.Tram:
Cód. Dep:
Cod Fun:
No. Folios:
MINCOMERCIO
INDUSTRIAYTURISMO
899.999.086
1013
201
D5033
9
TODOSPORUN
NUEVOPAÍS
En la Superintendencia de Sociedades
trabajamos con integridad por un País sin
corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades
Públicas, ITEP.
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