Ley · OrdinariaVigente
Ley 2385 de 2024
Ley 2385 De 2024
Por medio de la cual se aporta a una transformación cultural mediante la prohibición de las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, así como de los procedimientos utilizados en estos espectáculos que socavan la integridad de formas de vida no humana
7artículos
0normas que modifica
3veces modificada
1sentencia
01
Modificaciones
lo que esta ley cambió y lo que la cambió
Modifica a otras normas · 0
lo que esta ley cambió
Ninguna.
Modificada por · 3
lo que cambió a esta ley
02
Constitucionalidad
la Corte revisó 1 artículo en 1 sentencia
1Inhibitorio / otro
Sentencias que la revisaron · 1
Artículos con control constitucional · 1
03
Articulado
7 artículos
04
Firmas
quiénes sancionaron la ley
Congreso de la República
- Iván Leonidas Name VásquezEl Presidente del honorable Senado de la República
- Gregorio Eljach PachecoEl Secretario Central del honorable Senado de la República
- Andrés David Calle AguasEl Presidente de la honorable Cámara de Representantes
- Jaime Luis Lacouture PeñalozaEl Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoPresidente de la República
- Juan Fernando Cristo BustosEl Ministro del Interior
- Iván Daniel Jaramillo JassirencargadoEl Viceministro de Empleo y Pensiones del Ministerio de Trabajo, Encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Trabajo
- Maria Susana Muhamad GonzálezLa Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- Luisa Fernanda Trujillo BernalencargadoLa Secretaria General del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, Encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes
05
Quién cita esta ley
dónde se referencia esta norma en otras fuentes
Mostrando 1 de 1
- C-374/252025