DecretoVigente
Decreto 1830 de 2016
por el cual se corrige un yerro en los artÃculos 3° y 8° de la Ley 1787 de 2016, â??por medio de la cual se reglamenta el Acto Legislativo número 02 de 2009â?.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Se Corrige El Parágrafo 3° Del Artículo 3° De La Ley 1787 De 2016, El Cual Quedará Así: “ Parágrafo 3°2Se Corrige El Último Inciso Del Artículo 8° De La Ley 1787 De 2016, El Cual Quedará Así: “los Recursos Derivados Del Cobro De Dichos Servicios Se Utilizarán Para Sufragar Costos De Evaluación Y Seguimiento, Así Como Para Financiar Al Departamento Administrativo De Ciencia, Tecnología E Innovación, Colciencias, Encargado De Promover La Transferencia Tecnológica Necesaria Para La Producción Nacional De Cannabis Y Sus Derivados Con Fines Médicos Y Científicos, En El Marco Del Sistema Nacional De Ciencia, Tecnología E Innovación (Sncti), Y Para La Financiación Del Programa De Que Trata El Artículo 15 De La Presente Ley”3El Presente Decreto Se Entiende Incorporado A La Ley 1787 De 2016 Y Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03