°. Se corrige el último inciso del artículo 8° de la Ley 1787 de 2016, el cual quedará así: “Los recursos derivados del cobro de dichos servicios se utilizarán para sufragar costos de evaluación y seguimiento, así como para financiar al Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, Colciencias, encargado de promover la transferencia tecnológica necesaria para la producción nacional de cannabis y sus derivados con fines médicos y científicos, en el marco del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sncti), y para la financiación del programa de que trata el artículo 15 de la presente ley”.
Artículo 2
Se Corrige El Último Inciso Del Artículo 8° De La Ley 1787 De 2016, El Cual Quedará Así: “los Recursos Derivados Del Cobro De Dichos Servicios Se Utilizarán Para Sufragar Costos De Evaluación Y Seguimiento, Así Como Para Financiar Al Departamento Administrativo De Ciencia, Tecnología E Innovación, Colciencias, Encargado De Promover La Transferencia Tecnológica Necesaria Para La Producción Nacional De Cannabis Y Sus Derivados Con Fines Médicos Y Científicos, En El Marco Del Sistema Nacional De Ciencia, Tecnología E Innovación (Sncti), Y Para La Financiación Del Programa De Que Trata El Artículo 15 De La Presente Ley”
Decreto 1830 de 2016 · por el cual se corrige un yerro en los artÃculos 3° y 8° de la Ley 1787 de 2016, â??por medio de la cual se reglamenta el Acto Legislativo número 02 de 2009â?.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.