Decreto
Decreto 1446 de 2022
por el cual se establece una lista de bienes de capital.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Los Efectos Previstos En Las Normas Aduaneras, Arancelarias Y De Comercio Exterior Y Sin Perjuicio De Las Disposiciones Establecidas Por El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Para Los Sistemas Especiales De Importación-Exportación, Se Establece La Siguiente Lista De Bienes De Capital, Clasificados En Las Subpartidas Del Arancel De Aduanas Nacional Que A Continuación Se Indican: Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Modificado Parcialmente Artículo 1 Decreto 1433 De 20252Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
- José Manuel Restrepo AbondanoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Ximena Lombana VillalbaLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo