°. Para los efectos previstos en las normas aduaneras, arancelarias y de comercio exterior y sin perjuicio de las disposiciones establecidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para los Sistemas Especiales de Importación-Exportación, se establece la siguiente lista de bienes de capital, clasificados en las subpartidas del Arancel de Aduanas Nacional que a continuación se indican:
Artículo 1
Para Los Efectos Previstos En Las Normas Aduaneras, Arancelarias Y De Comercio Exterior Y Sin Perjuicio De Las Disposiciones Establecidas Por El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Para Los Sistemas Especiales De Importación-Exportación, Se Establece La Siguiente Lista De Bienes De Capital, Clasificados En Las Subpartidas Del Arancel De Aduanas Nacional Que A Continuación Se Indican: Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Modificado Parcialmente Artículo 1 Decreto 1433 De 2025
Decreto 1446 de 2022 · por el cual se establece una lista de bienes de capital.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.