DecretoVigente
Decreto 4081 de 1949
Por el cual se otorgan unas franquicias postales y telegráficas
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Dentro De Las Prescripciones Reglamentarias Del Decreto 405 De 1949, Otorganse Las Siguientes Franquicias Telegráficas: Miembros Uniformados Del Ejército Nacional, De La Marina; Y De Aviación, En Comisión De Orden Público Para Dirigirse A Sus Familias, 10 Palabras2Dentro De Las Prescripciones Determinadas Por Los Artículos 1358 Y Siguientes Del Decreto 1418 De 1945, Otorgase Franquicia Postal A Los Miembros Uniformados Del Ejército Nacional, De La Marina Y De Aviación, En Comisión De Orden Público, Para La Correspondencia, Los Valores Declarados Y Los Giros Que Expidan3Para Gozar Del Beneficio Del Presente Decreto, Tanto Los Telegramas, Como La Correspondencia, Giros Y Valores Declarados Deberán Estar Autorizados Por El Comandante De La Respectiva Brigada O Por La Oficina Que Designe El Ministerio De Guerra, Y Los Telegramas Deberán Contraerse A Informaciones Sobre El Estado De Salud Del Remitente Sin Ninguna Otra Fórmula4Las Franquicias Concedidas Por Medio Del Presente Decreto Eximen Del Pago De La Sobretasa De Que Tratan Las Leyes 85 De 1936 Y 2 De 1946 Y Estarán Vigentes Hasta La Terminación Del Estado Del Sitio
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