DecretoVigente
Decreto 1161 de 1971
Por el cual se reglamenta el ordinal h) del artículo 1º del Decreto2974 del 3 de diciembre de 1968, y se dictan otras disposiciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Consejo Superior De Minas Y Petróleos Y El Consejo Nacional De Industria Y Comercio Se Reunirán Para Los Efectos De Asesorar Conjuntamente Al Gobierno En La Formación De Las Políticas Referentes A La Industria De Transformación De Minerales, En Desarrollo Del Ordinal H) Del Artículo 1º Y Del Artículo 19 Del Decreto 2974 De 19682Los Ministerios Mencionados Y Cualquier Otro, Así Como Los Departamentos Administrativos, Podrán Crear, Mediante Resoluciones Conjuntas, Los Comités Sectoriales O Técnicos Respectivos, De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 1º Del Decreto 1050 De 19683Créase Una Comisión Integrada Por Los Jefes De Las Oficinas Jurídicas Y De Planeación Del Ministerio De Desarrollo Económico, El Gerente Del Instituto De Fomento Industrial O Su Delegado, El Asesor Jurídico, El Jefe De La División De Minas, El Jefe De La División Legal Y El Jefe De Planeación Del Ministerio De Minas Y Petróleos, Encargada De Conceptuar Sobre Conveniencia, Contenido Y Legalidad De Los Actos O Contratos Que Por Su Complejidad E Importancia Le Sean Sometidos A Su Consideración Por Las Juntas Directivas Del Instituto De Fomento Industrial Y Las Empresas Que Este Instituto Promueva, Relacionados Con La Exploración, Explotación, Industrialización Y Comercio De Sustancias Minerales4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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