Decreto
Decreto 307 de 2022
por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de productos que inciden en la canasta de consumo de los hogares
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establecer Un Arancel De Cero Por Ciento (0%) Por Seis (6) Meses, Para La Importación De Los Productos Clasificados Por Las Siguientes Subpartidas Arancelarias:2Establecer Un Arancel De Cero Por Ciento (0%) Y Suspender Por Seis (6) Meses La Aplicación Del Sistema Andino De Franja De Precios Para Los Siguientes Productos: A) Malta (De Cebada U Otros Cereales) Sin Tostar, Clasificado Por La Subpartida 1107100000 B) Malta (De Cebada U Otros Cereales) Tostada, Clasificado Por La Subpartida 1107200000 Parágrafo3Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
- José Manuel Restrepo AbondanoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Ximena Lombana VillalbaLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo