en uso de sus facultades legales
Artículo 1En Los Casos En Que Las Leyes Conceden El Traspaso De Pensiones, Las Personas Que Se Consideren Con Ese Derecho Deberán Ocurrir Al Ministerio Del Tesoro En Solicitud A Esa Gracia
°. En los casos en que las leyes conceden el traspaso de pensiones, las personas que se consideren con ese derecho deberán ocurrir al Ministerio del Tesoro en solicitud a esa gracia. A su petición acompañarán las siguientes pruebas
Copia de la sentencia o resolución por la cual se concedió la pensión que piden les sea traspasada, o un certificado en que conste que existe la copia en la Oficina del Ministerio del Tesoro encargada de ese ramo. Cuando la pensión haya sido concedida por la ley expresa bastará citar la ley.
Partida de defunción de la persona que disfrutaba la pensión solicitada en traspaso.
La prueba legal de que la persona o personas que solicitan el traspaso estaban ligadas con el causante por el parentesco que la ley exija en cada caso, para tener tal derecho.
Los solicitantes deberán comprobar también que observan buena conducta y que carecen de renta que les permita atender a su subsistencia.
Las mujeres deberán comprobar que permanecen solteras o viudas, según el caso, y los varones que son menores de edad cuando la clase de pensión de que se trata haga necesario este último requisito.
Artículo 2Cuando Según La Ley El Traspaso Pueda Corresponder A Más, De Una Persona, Deberán Quienes Lo Solicitan Comprobar Que Son Los Únicos Que Tienen Derecho A Él
°. Cuando según la ley el traspaso pueda corresponder a más, de una persona, deberán quienes lo solicitan comprobar que son los únicos que tienen derecho a él.
Artículo 3Si La Ley En Virtud De La Cual Se Concede El Traspaso De Una Pensión Fija Condiciones Especiales Para Obtenerlo, Los Interesados Deberán Comprobar Que Reúnen Tales Condiciones
°. Si la ley en virtud de la cual se concede el traspaso de una pensión fija condiciones especiales para obtenerlo, los interesados deberán comprobar que reúnen tales condiciones.
Artículo 4En La Práctica De Las Pruebas Exigidas Por Este Decreto Deberán Observarse Las Prescripciones Legales Establecidas Sobre El Particular Para La Concesión Originaria De Pensiones
°. En la práctica de las pruebas exigidas por este Decreto deberán observarse las prescripciones legales establecidas sobre el particular para la concesión originaria de pensiones.
Artículo 5El Ministerio Del Tesoro Resolverá, En Vista De Las Pruebas Presentadas, Si Los Peticionarios Tienen O Nó Derecho Al Traspaso
°. El Ministerio del Tesoro resolverá, en vista de las pruebas presentadas, si los peticionarios tienen o nó derecho al traspaso. Si éste fuere negado por deficiencia en las pruebas podrán los interesados complementarlas.
Artículo 6Las Resoluciones Sobre Traspasos De Pensiones Pueden Ser Reformadas O Revocadas En Cualquier Tiempo Cuando Exista Para Ello Causa Legal
°. Las resoluciones sobre traspasos de pensiones pueden ser reformadas o revocadas en cualquier tiempo cuando exista para ello causa legal. Comuníquese y publíquese.