DecretoVigente
Decreto 2664 de 1984
Por el cual se modifica un decreto.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Orden Del Mérito Comercial Creada Por El Decreto 1953 De 1979, Se Otorgará A Las Personas Naturales O Jurídicas Nacionales O Extranjeras, Que Realicen Actividades O Presten Servicios Meritorios En El Campo Del Comercio Nacional Y Su Desarrollo2La Orden Del Mérito Comercial Se Otorgará De Acuerdo Con Las Jerarquías Establecidas En El Artículo 2º Del Decreto 1953 De 1979, Así: Gran Cruz: A Los Jefes De Estado, A Los Ciudadanos Colombianos En Las Categorías De Ministros Del Despacho, A Los Jefes De Misiones Extranjeras Y Categorías Equivalentes3La Orden Del Mérito Comercial Se Otorgará Siempre Por Decreto Del Gobierno Nacional, Previo Estudio Y Aprobación Del Consejo De La "orden"4El Consejo De La "orden Del Mérito Comercial", Estará Integrado Por El Ministro De Desarrollo Económico O Su Delegado, El Director Del Fondo De Promoción De Exportaciones Proexpo, El Jefe De La División De Desarrollo Comercial Del Ministerio De Desarrollo Económico Y Dos Representantes De Los Gremios Comerciales, Designados Por El Señor Ministro De Desarrollo5Para La Concesión De La "gran Cruz", El Señor Ministro De Desarrollo Económico Ordenará Levantar Un Expediente En Que Conste Lo Siguiente: La Identidad Del Candidato Y El (Los) Que Lo Hagan Acreedor A La Concesión6La Adjudicación De La "gran Cruz" Será Certificada Por Medio De Un Diploma Firmado Por El Señor Presidente De La República Y El Ministro De Desarrollo Económico, Y Cuyo Texto Será: "el Presidente De Colombia, En Nombre De La República, Con Fecha7La "orden Del Mérito Comercial", Se Pierde Por Los Siguientes Motivos: - La Comisión De Delitos Contra La Existencia Y Seguridad Del Estado8La Pérdida De La "orden Del Mérito Comercial" Se Declarará Mediante Decreto Del Gobierno Nacional9El Presente Decreto Modifica Los Artículos 4, 8, 10, 11, 12, 15 Y 16 Del Decreto 1953 Del 14 De Agosto De 1979, Y Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición