en uso de las facultades de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que en virtud de la reforma constitucional votada en el Plebiscito realizado el día primero (1°) de diciembre en curso, se va a establecer la paridad en los Cuerpos Colegiados de elección popular para los dos partidos políticos tradicionales, y Que en consecuencia, es necesario que en la Corte Electoral tengan igual representación los dos partidos
Considerando · 2 motivos
Que en virtud de la reforma constitucional votada en el Plebiscito realizado el día primero (1°) de diciembre en curso, se va a establecer la paridad en los Cuerpos Colegiados de elección popular para los dos partidos políticos tradicionales, y;
Que en consecuencia, es necesario que en la Corte Electoral tengan igual representación los dos partidos;
Artículo 1La Corte Electoral Estará Integrada Por Los Dos Ex-Presidentes De La República Más Antiguos, De Distinta Filiación Política, Y En Capacidad De Ejercer Las Funciones Señaladas A Los Miembros De Este Organismo, Y Por Cuatro Delegados Que No Desempeñen Empleos Públicos, Dos (2) Conservadores Y Dos (2) Liberales, Que Serán Designados Por La Corte Suprema De Justicia En Plena, Para Períodos De Dos (2) Años, Pudiendo Ser Reelegidos
° La Corte Electoral estará integrada por los dos ex-Presidentes de la República más antiguos, de distinta filiación política, y en capacidad de ejercer las funciones señaladas a los miembros de este organismo, y por cuatro delegados que no desempeñen empleos públicos, dos (2) conservadores y dos (2) liberales, que serán designados por la Corte Suprema de Justicia en plena, para períodos de dos (2) años, pudiendo ser reelegidos.
Los delegados nombrados por la Corte devengarán cien pesos ($ 100.00) por cada sesión que asistan.
Artículo 2Este Decreto Regirá Desde El Diez (10) De Enero De 1958 Y Suspende El Artículo 3° De La Ley 89 De 1948 Y Demás Disposiciones Que La Sean Contrarias
° Este Decreto regirá desde el diez (10) de enero de 1958 y suspende el artículo 3° de la Ley 89 de 1948 y demás disposiciones que la sean contrarias.