Micelio
DecretoDerogado

Decreto 459 de 1984

Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal y se dictan otras disposiciones.

13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1A Partir Del 1º De Enero De 1984, Las Escalas De Remuneración Mensual Para Las Distintas Clases De Empleos De La Administración Postal Nacional, Serán Las Siguientes: Curva Salarial I Escala Operativa Grado Sueldo Ingreso 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 -- -- 112Para Las Escalas Operativa Y Técnica Ejecutiva, La Primera Columna Fija Los Grados De Remuneración Que Corresponden A Las Distintas Denominaciones De Empleos3A Partir Del 1º De Enero De 1984 La Remuneración Mensual De Los Empleados De La Administración Postal Nacional Que El 31 De Diciembre De 1983, Se Encontraban Ubicados En El Último Período De Antigüedad Dentro De Los Distintos Grados De Las Escalas Aperativa Y Técnica Ejecutiva, Respectivamente Será La Siguiente: Curva Salarial Escala Operativa Grado Remuneración Mensual 14A Partir Del 1º De Enero De 1984 La Remuneración Mensual De Los Empleos Del Nivel Directivo, Será La Siguiente: Denominación Remuneración Mensual Director General5Los Gastos De Representación Mensuales Para El Empleo De Director Regional, Serán El Equivalente A La Quinta Parte De La Asignación Mensual Que Le Corresponda Dentro De La Escala6La Prima Adicional Que Adpostal Paga Al Personal De Carteros, Por Recargo De Trabajo En El Mes De Diciembre De Cada Año, Se Incrementará A La Suma De Un Mil Trescientos Pesos ($ 17La Suma Que Por Depreciación De Bicicletas Paga La Administración Postal Nacional Al Personal De Carteros, Será De Un Mil Setenta Pesos ($ 18A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Para Los Funcionarios Que Deban Cumplir Comisión De Servicios En El Interior Del País Y En El Exterior: Remuneración Mensual Viáticos Diarios En Pesos Para Comisiones En El País9La Administración Postal Nacional Continuará Pagando En Sustitución De Viáticos, La Prima De Movilización De Que Trata El Artículo 10 Del Decreto 317 De 1983, En Cuantía De Once Mil Ochocientos Cincuenta Pesos ($ 1110Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 13