DecretoVigente
Decreto 850 de 2002
por el cual se reglamenta el artículo 70 de la Ley 550 de 1999.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el artículo 70 de la Ley 550 de 1999
- Juan Manuel Santos CalderónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Eduardo Pizano De NarváezEl Ministro de Desarrollo Económico