DecretoVigente
Decreto 2174 de 2009
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño, en Liquidación.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase La Modificación De La Planta De Personal De La Empresa Social Del Estado Antonio Nariño, En Liquidación, Suprimiéndose Los Siguientes Cargos De Empleados Públicos: N º2Apruébase La Modificación De La Planta De Personal De La Empresa Social Del Estado Antonio Nariño, En Liquidación, Suprimiendo Treinta Y Cuatro (34) Cargos De Trabajadores Oficiales3En Defensa De La Garantía Constituida Por El Fuero Sindical, Los Siguientes Cargos De Servidores Públicos Se Mantendrán Temporalmente En La Planta De Personal Hasta La Fecha De La Ejecutoria De La Sentencia Que Autoriza El Levantamiento Del Fuero Sindical; Al Vencimiento Del Término De Este Fuero Contemplado En La Ley O En Los Estatutos O A La Terminación Del Proceso De Liquidación, Fecha A Partir De La Cual Se Entenderán Retirados Del Servicio: N º4En Defensa De La Garantía Constituida Por El Fuero Sindical, Los Servidores Que Ocupan Dos (2) Cargos De Trabajadores Oficiales Que Gozan De Esta Garantía, Se Mantendrán Temporalmente Vinculados Hasta La Fecha De La Ejecutoria De La Sentencia Que Autoriza El Levantamiento Del Fuero Sindical; Al Vencimiento Del Término De Este Fuero Contemplado En La Ley O En Los Estatutos O A La Terminación Del Proceso De Liquidación, Fecha A Partir De La Cual Se Entenderán Retirados Del Servicio5Los Servidores Públicos En Condición De Padre O Madre Cabeza De Familia Sin Alternativa Económica, Discapacitados, Prepensionados Y Embarazadas, Se Mantendrán Temporalmente En La Planta De Personal Mientras Conserven La Condición Que Les Otorga El Reunir El Supuesto De Hecho Que Generó El Beneficio6Transitorio7Los Cargos De Empleados Públicos Y Trabajadores Oficiales Que Obtengan El Reconocimiento Del Derecho De Pensión, Se Mantendrán En La Planta De Cargos Hasta Cuando Les Sea Reconocida La Pensión De Jubilación O De Vejez E Ingresen A La Nómina De Pensionados O Hasta Que Culmine El Proceso De Liquidación De La Entidad, Si Para Entonces No Han Ingresado A Dicha Nómina8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 922 Del 22 De Marzo De 2007
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Fabio Valencia CossioPresidente de la República
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social
- Carla Liliana Henao CarmonaLa Subdirectora General del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública · encargado