Micelio

Artículo 4

En Defensa De La Garantía Constituida Por El Fuero Sindical, Los Servidores Que Ocupan Dos (2) Cargos De Trabajadores Oficiales Que Gozan De Esta Garantía, Se Mantendrán Temporalmente Vinculados Hasta La Fecha De La Ejecutoria De La Sentencia Que Autoriza El Levantamiento Del Fuero Sindical; Al Vencimiento Del Término De Este Fuero Contemplado En La Ley O En Los Estatutos O A La Terminación Del Proceso De Liquidación, Fecha A Partir De La Cual Se Entenderán Retirados Del Servicio

Decreto 2174 de 2009 · por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño, en Liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En defensa de la garantía constituida por el fuero sindical, los servidores que ocupan dos (2) cargos de trabajadores oficiales que gozan de esta garantía, se mantendrán temporalmente vinculados hasta la fecha de la ejecutoria de la sentencia que autoriza el levantamiento del fuero sindical; al vencimiento del término de este fuero contemplado en la ley o en los estatutos o a la terminación del proceso de liquidación, fecha a partir de la cual se entenderán retirados del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2174 de 2009