DecretoVigente
Decreto 2652 de 1960
Por el cual se apropian unas partidas con cargo al Plan Decenal de Fomento para el Departamento del Chocó
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De La Suma De Dinero Que Anualmente Destina El Ministerio De Fomento Al Plan Decenal Para El Departamento Del Chocó, Se Aprueban, Como Segundo Aparte Para El Período Comprendido Entre El L De Julio Y El 31 De Diciembre Del Presente Año, Las Siguientes Partidas: 12Modifícase El Artículo 4° Del Decreto 0970 De Abril 8 De 1960, En El Sentido De Que Las Partidas Destinadas En Sus Ordinales ,a) Y B) A Las Carreteras Istmina-Baudó, Y Quibdó-Yuto, Apropiaciones Que Ascienden A La Suma De $ 13Los Contratos Que Celebre El Departamento Del Chocó Para La Ejecución De Las Obras Requerirán, Para Su Validez, La Aprobación Del Departamento Administrativo De Planeación Y Servicios Técnicos4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición