DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2170 de 1971
Por el cual se dictan normas sobre el servicio militar
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Comprendido El Primer Contingente De 1973, El Reemplazo Del Personal De Las Fuerzas Militares Se Efectuará, Además Del Ingreso Obligatorio, Con Aquel Que Al Tiempo De Ser Licenciado Desee Continuar Voluntariamente En El Servicio Militar2El Servicio Militar Voluntario Será Prestado De Acuerdo Con Reglamentación Que Expida El Comando General De Las Fuerzas Militares Con Un Pie De Fuerza Hasta De 900 Hombres3El Personal De Soldados Voluntarios Estará Bajo Banderas, Devengará Una Bonificación Mensual Equivalente Al Setenta Por Ciento (70%) Del Sueldo Básico De Un Cabo 2º4El Personal De Soldados Voluntarios Estará Sujeto A Las Disposiciones Legales Vigentes Relativas Al Personal De Soldados Que Preste El Servicio Militar Obligatorio Bajo Banderas, Y Las Prestaciones Sociales Serán Las Determinadas En El Decreto-Ley 2728 De 1968 Y Demás Disposiciones Que Lo Modifiquen Y Adicionen5Al Momento De Su Licenciamiento El Soldado Voluntario Tendrá Derecho A Que El Tesoro Nacional Le Pague Por Una Sola Vez Una Bonificación Especial Que Será Igual Al Total De Su Asignación Mensual Por Cada Año De Servicio O Fracción Mayor De Seis (6) Meses Que Haya Prestado Como Tal6Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Legales Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Misael Pastrana BorreroPresidente de la República
- Abelardo Forero BenavidesEl Ministro de Gobierno
- Miguel Escobar MéndezEl Ministro de Justicia
- Rodrigo Llorente MartinezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Hernando Currea CubidesEl Ministro de Defensa Nacional
- Hernan Jaramillo OcampoEl Ministro de Agricultura
- Crispin Villazon De ArmasEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- José Maria Salazar BuchelliEl Ministro de Salud Pública
- Jorge Valencia JaramilloEl Ministro de Desarrollo Económico
- Luis Carlos GalánEl Ministro de Educación Nacional
- Juan B. Fernandezel Ministro de Comunicaciones
- Argelino Duran QuinteroEl Ministro de Obras Públicas