DecretoVigente
Decreto 1635 de 1992
por el cual se reglamenta la prestación demédicos para los funcionarios del servicio exterior.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Fondo Rotatorio Del Ministerio De Relaciones Exteriores Contratará Con Compañías De Seguros Idóneas, Pólizas Integrales Que Amparen La Prestación De Servicios Médico-Asistenciales A Que Tienen Derecho Los Funcionarios En El Exterior Con El Producto De Los Recursos Que Destine Al Efecto La Caja Nacional De Previsión Social De Acuerdo Con Un Convenio Que Deberá Suscribirse Entre Esa Entidad, El Ministerio De Relaciones Exteriores Y El Fondo Rotatorio Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Dentro Del Mes Siguiente A La Publicación Del Presente Decreto2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Nacional y el Decreto 10 de 1992, y
- Noemí Sanín De RubioLa Ministra de Relaciones Exteriores
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Luis Fernando Ramí RezEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social