º Este Decreto rige a partir de la fecha de publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 7 de octubre de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín De Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez . El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Luis Fernando Ramí rez .
Decreto 1635 de 1992 →Vigente
Artículo 2
º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Publicación
Decreto 1635 de 1992 · por el cual se reglamenta la prestación demédicos para los funcionarios del servicio exterior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.