DecretoVigente
Decreto 545 de 1921
Por el cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Abrese Al Presupuesto Nacional Dé Gastos Para El Año Fiscal De 12El Ministerio Del Tesoro Solicitará Oportunamente Del Próximo Congreso La Legalización De Este Crédito, En Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Artículo 231 Del Código Fiscal3La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, Las De Reconocimientos De Los Ministerios De Relaciones Exteriores Y De Guerra, Y Las Pagadoras Respectivas, Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto
03