Artículo 1Derógase En Todas Sus Partes El Decreto Número 1119 De Fecha 12 Del Presente Mes, Y Se Declara, En Consecuencia, Restablecido El Orden Público En La Provincia De Cartagena
º Derógase en todas sus partes el Decreto número 1119 de fecha 12 del presente mes, y se declara, en consecuencia, restablecido el orden público en la Provincia de Cartagena.
Artículo 2Como El Gobierno No Tuvo Necesidad De Hacer Uso De Medidas Extraordinarias Para Reprimir Los Desórdenes Que Ocurrieron En La Ciudad De Cartagena, Y Por Consiguiente No Hay Lugar A Presentar Expulsión Alguna De Sus Providencias, Se Dispone Que No Es El Caso De Decretar La Convocatoria De Que Trata El Inciso 6
º como el Gobierno no tuvo necesidad de hacer uso de medidas extraordinarias para reprimir los desórdenes que ocurrieron en la ciudad de Cartagena, y por consiguiente no hay lugar a presentar expulsión alguna de sus providencias, se dispone que no es el caso de decretar la convocatoria de que trata el inciso 6.º del artículo 33 del Acto Legislativo número 3.º de este año. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda
El Ministro de Guerra
El Ministro de Instrucción Pública
El Ministro de Obras Públicas
El Ministro del Tesoro