DecretoVigente
Decreto 2629 de 1956
Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 3170 de 1954
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 2º Del Decreto Numero 3170 De 1954 Quedara Así: A Partir De La Última Semana Del Mes De Noviembre Del Presente , Los Consejos Departamentales Harán Elección De Consejeros Municipales, En La Forma Indicada Por El Acto Legislativo Numero 2 De 19542El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03