DecretoVigente
Decreto 828 de 1922
Por el cual se restablecen los trabajos en la vía nacional del Suroeste, en la sección de Ibagué a Armenta, por Calarcá
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Con El Fin De Atender A Las Reparaciones Más Urgentes En La Vía Nacional Del Suroeste, En La Sección De Ibagué A Armenia Por Calarcá, Se Dispone El Restablecimiento De Los Trabajos En La Mencionada Vía, Los Cuales Fueron Suspendidos Por El Decreto Ejecutivo Número 1384, Del 16 De Diciembre De 19212El Cargo De Tesorero Contador Da La Expresada Obra Continuará Desempeñándolo El Señor Ramón Velásquez J3Nómbrase Inspector Administrador De Los Trabajos De Reparación Que Han De Ejecutarse, Al Señor Pedro Contreras B
03