DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2194 de 1976
por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Que Sin Permiso De Autoridad Competente Fabrique, Distribuya, Venda, Suministre, Adquiera O Porte, Armas De Fuego O Municiones, Incurrirá En Arresto Hasta Por Un Año Y En El Decomiso De Dichos Elementos2Las Sanciones Previstas En El Artículo Anterior Se Impondrán Por Los Comandantes De Brigada Y Demás Funcionarios Autorizados Para Convocar Consejos De Guerra Verbales Contra Particulares, Mediante Resolución Escrita Y Motivada Contra La Cual Sólo Procederá El Recurso De Reposición3Mientras Subsista El Estado De Sitio Los Comandantes De Unidades Operativas Podrán Suspender O Restringir Los Permisos Para El Porte De Armas En Todo O En Parte Del Territorio De Su Jurisdicción4El Presente Decreto Rige Desde Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Alfonso Lopez MichelsenPresidente de la República
- Cornelio ReyesEl Ministro de Gobierno
- Indalecio Liévano AguirreEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Samuel Hoyos ArangoEl Ministro de Justicia
- Rodrigo Botero MontoyaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Abraham Varón ValenciaEl Ministro de Defensa Nacional
- Rafael Pardo BuelvasEl Ministro de Agricultura
- María Elena De CrovoLa Ministra de Trabajo y Seguridad Social
- Haroldo Calvo NúñezEl Ministro de Salud
- Diego Moreno JaramilloEl Ministro de Desarrollo Económico
- Hernando Durán DussánEl Ministro de Educación Nacional
- Fernando Gaviria CadavidEl Ministro de Comunicaciones
- Humberto Salcedo CollanteEl Ministro de Obras Públicas y Transporte