DecretoVigente
Decreto 2531 de 1958
por el cual se autoriza una emisión de estampillas y el cambio facial de las estampillas ordenadas por Decreto número 1655-bis de 1959.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase La Emisión, De Las Siguientes Estampillas Postales: A) Correo Nacional2Los Motivos Y Diseños De Las Estampillas Serán Escogidos Y Aprobados Por El Ministerio De Comunicaciones3Autorízase Al Ministerio De Comunicaciones Para Contratar La Emisión De Las Estampillas De Que Trata El Artículo Primero De Este Decreto, Cuyo Costo Será Pagado Por El Departamento De Giros, Con Cargo A La Cuenta "cinco Por Ciento" -"correo Aéreo"4Autorízase Al Ministerio De Comunicaciones Para Cambiar El Valor Facial De La Estampillas De Correo Nacional Correo Aéreo (Avianca), Y Correo Aéreo Nacional (Correo Extra-Rápido), Ordenadas Por El Decreto Número 1655-Bis De 8 De Agosto De 1957, Según Las Necesidades Actuales Del Franqueo, Por Medio De Una Resolución5Las Importaciones Que Demande El Cumplimiento Del Presente Decreto, Quedarán Eximidas De Los Impuestos De Importación Y De Los Derechos De Aduana Correspondientes
03