DecretoVigente
Decreto 2149 de 1973
Por el cual se reglamentan los artículos 64 y 65 del Decreto número 2327 de 1971
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Prima De Orden Público De Que Trata El Artículo 64 Del Decreto Número 2337 De 1971, Se Pagará A Los Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Que Salgan De Sus Sedes Habituales Con Tropas, Hacia Áreas Donde No Exista Guarnición Militar Permanente, En Virtud De Ordenes De Operaciones Encaminadas Al Restablecimiento Del Orden, Durante El Tiempo Que Permanezcan En Tal Situación2De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 65 Del Mencionado Decreto, Los Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Que Formen Parte De Tropas Destacadas, Fuera De Sus Guarniciones Sedes, A Áreas Donde Sea Necesario Su Empleo, Para El Mantenimiento O Restablecimiento Del Orden Público, Tendrán Derecho A Que Se Le Suministre Alimentación Por Un Valor Igual Al De La Partida Diaria, Del Personal De Soldados, Durante El Tiempo Que Permanezcan En El Cumplimiento De Su Misión3Para El Reconocimiento Y Pago De La Prima De Orden Público, Los Comandos De Unidades A Que Pertenezca El Individuo, Pasaran Mensualmente Al Comando De La Fuerza, Un Cuadro Con La Relación De Los Oficiales Y Suboficiales Que Tengan Derecho A Ella4El Presente Decreto Rige A Partir Del Diez Y Seis De Octubre De 1973