DecretoVigente
Decreto 108 de 1910
Por el cual se organiza la Sección 6a de Gendarmería
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1° De Acuerdo Con La Ley 28 De 1909 Y La 71 Del Mismo Año, Sobre Presupuestos Nacionales, Organízase La 6ª Sección De Gendarmería, Con El Siguiente Personal: Un Capitán, Un Subteniente, Cinco Gendarmes De Primera Clase Y Quince De Segunda2° Llámase Al Servicio Á Los Señores Juan Francisco Pérez Y Severo Combariza, Y Destíneseles Á Presentar Sus Servicios Como Comandante Y Oficial De La 6ª Sección De Gendarmería; Respectivamente3° Los Nombrados En El Artículo Anterior Devengarán Las Asignaciones Mensuales Señaladas Por La Ley 71 De 1909
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