DecretoVigente
Decreto 1440 de 2014
por medio del cual se prorrogan los plazos establecidos en el artículo 1° del Decreto número 1389 de 2013, modificado por el artículo 1° del Decreto número 653 de 2014.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Prorrogar Los Plazos Establecidos En El Artículo 1° Del Decreto Número 653 De 2014, Que Modificó El Artículo 1° Del Decreto Número 1389 De 2013, Para El Traslado De La Función Pensional De La Caja De Previsión Social De Comunicaciones Caprecom En Calidad De Empleador A La Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social - Unidad De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales, Hasta El 30 De Septiembre De 2014 Y Las De La Empresa Nacional De Comunicaciones - Telecom, La Empresa De Telecomunicaciones Del Tolima “teletolima”, La Empresa De Telecomunicaciones Del Huila “telehuila”, La Empresa De Telecomunicaciones De Nariño “telenariño”, La Empresa De Telecomunicaciones De Cartagena “telecartagena”, La Empresa De Telecomunicaciones De Santa Marta “telesantamarta”, La Empresa De Telecomunicaciones De Armenia “telearmenia”, La Empresa De Telecomunicaciones De Calarcá “telecalarcá” Hasta El 30 De Noviembre De 20142Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alejandro Gaviria UribeEl Ministro de Salud y Protección Social
- José Noé Ríos MuñozEl Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, encargado de las funciones del Despacho del Ministro del Trabajo · encargado
- Elizabeth Rodríguez TaylorLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública