Micelio

Artículo 1

Prorrogar Los Plazos Establecidos En El Artículo 1° Del Decreto Número 653 De 2014, Que Modificó El Artículo 1° Del Decreto Número 1389 De 2013, Para El Traslado De La Función Pensional De La Caja De Previsión Social De Comunicaciones Caprecom En Calidad De Empleador A La Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social - Unidad De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales, Hasta El 30 De Septiembre De 2014 Y Las De La Empresa Nacional De Comunicaciones - Telecom, La Empresa De Telecomunicaciones Del Tolima “teletolima”, La Empresa De Telecomunicaciones Del Huila “telehuila”, La Empresa De Telecomunicaciones De Nariño “telenariño”, La Empresa De Telecomunicaciones De Cartagena “telecartagena”, La Empresa De Telecomunicaciones De Santa Marta “telesantamarta”, La Empresa De Telecomunicaciones De Armenia “telearmenia”, La Empresa De Telecomunicaciones De Calarcá “telecalarcá” Hasta El 30 De Noviembre De 2014

Decreto 1440 de 2014 · por medio del cual se prorrogan los plazos establecidos en el artículo 1° del Decreto número 1389 de 2013, modificado por el artículo 1° del Decreto número 653 de 2014.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Prorrogar los plazos establecidos en el artículo 1° del Decreto número 653 de 2014, que modificó el artículo 1° del Decreto número 1389 de 2013, para el traslado de la función pensional de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones Caprecom en calidad de empleador a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, hasta el 30 de septiembre de 2014 y las de la Empresa Nacional de Comunicaciones - Telecom, la Empresa de Telecomunicaciones del Tolima “Teletolima”, la Empresa de Telecomunicaciones del Huila “Telehuila”, la Empresa de Telecomunicaciones de Nariño “Telenariño”, la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena “Telecartagena”, la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta “Telesantamarta”, la Empresa de Telecomunicaciones de Armenia “Telearmenia”, la Empresa de Telecomunicaciones de Calarcá “Telecalarcá” hasta el 30 de noviembre de 2014.

Parágrafo

En el evento en que las actividades que sustentan la prórroga establecida en este Decreto puedan concluirse antes del término señalado, la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) procederá a la entrega de la función pensional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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