Decreto
Decreto 93 de 2021
por el cual se adicionan las secciones 2 y 6 del Capítulo 3, del Título I, de la Parte 3, del libro 2 del Decreto 1070 de 2015, “por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa” en lo que respecta a la creación de la Medalla Militar “Protectores de la Espada del Libertador”.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónese La Subsección 61 A La Sección 6, Del Capítulo 3, Del Título 1, De La Parte 3, Del Libro 2 Del Decreto 1070 De 2015, “por El Cual Se Expide El Decreto Único Reglamentario Del Sector Administrativo De Defensa”, El Cual Quedará Así: Subsección 61 Medalla Militar “protectores De La Espada Del Libertador” Artículo 22Adiciónese El Literal “z)” Al Numeral 3 Del Ordinal C) Del Artículo 23Adiciónese El Artículo 24Adiciónese El Artículo 25El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y el artículo 2.3.1.3.1.3 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa 1070 de 2015
- General Luis Fernando Navarro JiménezEl Comandante General de las Fuerzas Militares, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional · encargado