DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3335 de 1979
Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC y se dictan otras disposiciones
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécense Las Siguientes Escalas De Remuneración Para Cada Uno De Los Niveles En Que Se Clasifican Los Empleos De La Corporación Autónoma Regional Del Cauca:2Las Escalas Establecidas En El Artículo Anterior Comprenden Varias Columnas Así: La Primera Columna Fija Los Grados De Remuneración, De Cada Nivel3A Partir Del 1º De Abril De 1980, Los Empleados Públicos Que Estuvieren Prestando Sus Servicios A La Corporación Autónoma Regional Del Cauca Quedarán Clasificados En Las Escalas Establecidas En El Presente Decreto, Dentro Del Mismo Nivel, Grado Y Categoría Que Tuvieren El 31 De Marzo De 19804El Director Ejecutivo Tendrá Derecho A Siete Mil Quinientos Pesos ($5A Partir Del 1º De Enero De 1980, La Asignación Básica Mínima De Ingresó Será La Correspondiente A La Categoría A Del Grado 1 De La Escala Del Nivel Operativo6º7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones, Que Le Sean Contrarias, En Especial El Artículo 8 Del Decreto Extraordinario 425 De 1979 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Abril De 1980, Con Excepción Del Artículo 5 Del Presente Decreto
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