Artículo 1
Redúcese del parágrafo 4.° del artículo 294 del capítulo 53 del Presupuesto nacional vigente la sama de ciento noventa pesos ($ 190) oro, y destinase el saldo de trescientos sesenta pesos ($ 360) oro para el pago de los sueldos de dos Practicantes de la Facultad de Medicina y Ciencia Naturales de la Universidad Nacional y del Bibliotecario Ayudante del Secretario de la misma Facultad, á $ 10 mensuales los primeros y á $ 20 mensuales el último, respectivamente.
Artículo 294Del Capítulo 53 Del Presupuesto Nacional Vigente La Sama De Ciento Noventa Pesos ($ 190) Oro, Y Destinase El Saldo De Trescientos Sesenta Pesos ($ 360) Oro Para El Pago De Los Sueldos De Dos Practicantes De La Facultad De Medicina Y Ciencia Naturales De La Universidad Nacional Y Del Bibliotecario Ayudante Del Secretario De La Misma Facultad, Á $ 10 Mensuales Los Primeros Y Á $ 20 Mensuales El Último, Respectivamente
Artículo único. Redúcese del
° del artículo 294 del capítulo 53 del Presupuesto nacional vigente la sama de ciento noventa pesos ($ 190) oro, y destinase el saldo de trescientos sesenta pesos ($ 360) oro para el pago de los sueldos de dos Practicantes de la Facultad de Medicina y Ciencia Naturales de la Universidad Nacional y del Bibliotecario Ayudante del Secretario de la misma Facultad, á $ 10 mensuales los primeros y á $ 20 mensuales el último, respectivamente. Comuníquese y publíquese.