Micelio

decreto 811 de 1913

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El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Créanse las Oficinas Postales y Telegraficas de Coyaima (Departamento del Tolima), y Tadó (Departamento del Cauca), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes: Coyaima. Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 22 Un Cartero, con 3 Tadó Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 50 Un Cartero, con……. 5 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de gobierno