DecretoVigente
Decreto 964 de 1989
Por el cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 109 del Decreto 2666 de 1984, para la XVII Feria Internacional de Bogotá.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 1109Del Decreto Número 2666 De 1984, Por Tres (3) Meses Más, Contados A Partir Del 24 De Abril De 1989, Para La Permanencia De Las Mercancías Traídas Al Recinto Ferial Con Destino A La Xvii Feria Internacional De Bogotá Y Que Se Encuentran En Los Terrenos Habilitados Como Zona Franca Transitoria Mediante Decreto 1419 De 1986, Prorrogado Por Decreto 643 De 1988
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales en especial de las que le confiere el ordinal 22 del artículo 120 de la Constitución Nacional y sujeción en el artículo 109 del Decreto 2666/84, y
- Luis Fernando Alarcon MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Arturo Marulanda RamirezEl Ministro de Desarrollo Económico