DecretoVigente
Decreto 3590 de 1950
Por el cual se hace una modificación en las tarifas de servicios de los Terminales de Barranquilla y Cartagena
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Tarifas Fijadas Por El Artículo Primero Del Decreto Número 2235 De 1950 Para Servicios Fluviales En Tiempo Ordinario En Los Terminales De Barranquilla Y Cartagena, Se Aplicarán También A Las Faenas Que Se Ejecuten En Tiempo Extraordinario2La Disposición Ordenada En El Artículo Anterior Tiene Carácter Transitorio Hasta Tanto Se Haga Un Reajuste General De Las Tarifas De Los Terminales3En Estos Términos Queda Modificado El Decreto Número 2235 De 19504Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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