DecretoVigente
Decreto 1766 de 2012
por el cual se reglamenta el artículo 127 de la Ley 1450 de 2011, "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014"
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1°2El Instituto Colombino De Bienestar Familiar - Icbf A Través De Sus Direcciones Regionales, Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes A La Publicación Del Presente Decreto, Remitirá A Los Prestadores De Servicios Públicos Domiciliarios De Acueducto, Alcantarillado, Aseo, Energía Eléctrica Y Gas Domiciliario De Su Jurisdicción Una Certificación Que Contenga La Relación De Hogares Comunitarios De Bienestar Y De Hogares Sustitutos Existentes A La Fecha De Expedición Del Presente Decreto, Identificándolos Debidamente Y Consignando, En Cada Caso, La Dirección Del Inmueble En Donde Funcionan, El Estrato A Que Pertenece Actualmente Y Los Servicios Públicos Domiciliarios De Los Cuales Son Usuarios3Compete A La Superintendencia De Servicios Públicos Domiciliarios En Ejercicio De Sus Funciones De Control, Inspección Y Vigilancia De Las Personas Prestadoras De Los Servicios Públicos Domiciliarios Vigilar El Estricto Cumplimiento De Lo Previsto En El Presente Decreto Y Aplicar Las Sanciones A Que Haya Lugar4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Todas Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel SantoscalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mauricio Cárdenas Santa MaríaEl Ministro de Minas y Energía
- Germán Vargas LlerasEl Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio
- Bruce Mac Master RojasEl Director Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
- Mauricio Santa María SalamancaEl Director Departamento Nacional de Planeación