Micelio

decreto 93 de 1913

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Artículo 1Ordénase A La Dirección General De Correos Y Telégrafos La Construcción De La Línea Telegráfica Del Banco Al Paso, En El Departamento Del Magdalena, Pasando Por Chimichagua, La Cual Se Hará Por El Sistema De Administración

º Ordénase a la Dirección General de Correos y Telégrafos la construcción de la línea telegráfica del Banco al Paso, en el Departamento del Magdalena, pasando por Chimichagua, la cual se hará por el sistema de administración.

Artículo 2Crease, Con La Asignación Mensual De $ 120, El Empleo De Constructor Administrador De La Menciona Línea, Empleo Que Será Provisto Por La Dirección General Del Ramo

º Crease, con la asignación mensual de $ 120, el empleo de Constructor Administrador de la menciona línea, empleo que será provisto por la Dirección General del ramo.

Artículo 3El Constructor Administrador Rendirá Sus Cuentas Directamente A La Intendencia De Telégrafos, De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Sobre Contabilidad Oficial, Y Prestara Una Fianza Personal De $ 1,000, A Satisfacción De Dicha Intendencia

º El Constructor Administrador rendirá sus cuentas directamente a la Intendencia de Telégrafos, de acuerdo con las disposiciones legales sobre contabilidad oficial, y prestara una fianza personal de $ 1,000, a satisfacción de dicha Intendencia.

Artículo 4La Dirección Podrá Gastar En La Construcción De La Línea Referida Hasta $ 6,000, Inclusive El Sueldo Del Constructor Administrador, Y Fijara El Número De Trabajadores, Atendiendo A La Rápida Terminación De La Obra

º La Dirección podrá gastar en la construcción de la línea referida hasta $ 6,000, inclusive el sueldo del Constructor Administrador, y fijara el número de trabajadores, atendiendo a la rápida terminación de la obra. Comuníquese y Publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno